Una emergencia ocurre cuando menos lo esperamos
¿En qué se puede utilizar este beneficio?
El beneficio se puede utilizar para la compra de artículos de primera necesidad, alimentos o reparaciones parciales de vivienda, según el tipo de desastre y la afectación generada.Requisitos
A continuación se detallan los requisitos generales para optar por este beneficioFotocopia de la cédula
Se debe aportar la fotocopia de la cédula de identidad de la persona asociadaCertificación oficial extendida por alguna de las siguientes instancias que certifique lo acontecido:
Comisión Nacional de Emergencias, Instituto Nacional de Seguros, Bomberos de Costa Rica, Cruz Roja Costarricense, Municipalidad Respectiva, Comités y Delegados, Fuerza Pública y/o Organismo de Investigación Judicial..Formulario de solicitud
Completar el formulario de solicitud del beneficioFacturas proformas
Presentar al menos dos facturas proformas de entidades distintas en donde se especifiquen los gastos en que se incurrirá y/o facturas canceladas, que sean coincidentes con la afectación.Fotografías
Evidencia fotográfica de la afectaciónOtra documentación
Cualquier otro documento que ASECCSS considere pertinente para el debido respaldo de la entrega o ejecución del beneficio.Visita de inspección
La persona promotora visita el inmueble del asociado y completa el formulario de Registro de Inspección¿Quiénes pueden aplicar?
Las personas asociadas que presenten afectación por desastre natural o no natural, que se encuentren al día con sus obligaciones con la Asociación y que tengan un mínimo de 3 meses de membresía.¿En qué época del año se puede aplicar?
La solicitud debe realizarse antes de que trascurran los 30 días naturales de acontecido el suceso¿Cómo se puede aplicar por este beneficio?
Las personas asociadas pueden solicitar el beneficio a los ejecutivos, promotores o personal de Proyección Social.Otros datos importantes por considerar
Otros datos importantes del beneficio que se desee ampliar.En caso de que la vivienda no le pertenezca a la persona asociada, el beneficio aplicará únicamente para reposición de bienes y artículos de primera necesidad.
El monto establecido para el beneficio se renueva cada dos años.